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sábado, 26 de marzo de 2011

Chaco: Un nuevo ataque contra El Impenetrable





28/02/2011 in Comunicados, Cuenca chaco paranaense, Pueblos Originarios

Convenio de entendimiento entre el gobierno provincial y capitales finacieros saudí
En octubre de 2010 el gobierno provincial insinuó que proyectaría una millonaria inversión en El Impenetrable, a través de un convenio con el grupo árabe Al-Khora yef, bajo un sistema de arrendamiento de 221.000 hectáreas de tierras fiscales ubicadas entre las localidades de Comandancia Frías, Fuerte Esperanza y Taco Pozo, en pleno Impenetrable chaqueño. Esta semana se anunció la celebración de un convenio con el grupo financiero interesado para el desarrollo de un proyecto agroalimentario en tierras fiscales ociosas, anticipándose que en la primera etapa el grupo saudí invertiría 400 millones de dólares.

En realidad, lo que se ha firmado es un convenio de entendimiento entre el gobierno chaqueño y los representantes del grupo financiero. Este instrumento tiene los alcances de un compromiso a futuro, que puede o no concretarse, según las reformas legislativas que se deberían introducirse para ello a la actual legislación de tierras públicas. Esto es así en virtud de que la ley 2913 no autoriza la ejecución de proyectos productivos de esta naturaleza. En este sentido, conviene resaltar que ninguno de los argumentos intensamente difundidos por el gobierno alcanzan para avanzar en el proyecto sin que previamente aquella ley sea modificada. En definitiva, no alcanza para comenzar a ejecutar el proyecto el objetivo publicitado de desarrollar productivamente un amplio territorio de tierras fiscales, mal calificadas como ociosas, manteniendo la propiedad pública de las mismas, acrecentando su valor patrimonial, mientras se capitalizaría las ganancias que serían destinadas a la ejecución de obras de infraestructura, como mecanismo para la reconvención estructural de El Impenetrable.

Foro por la Tierra

Cuando en octubre del año pasado el gobierno insinuó que llevaría adelante el referido proyecto productivo, el Foro por la Tierra salió a fijar su postura muy definida en el sentido de que tal emprendimiento no debía ejecutarse bajo el modelo de fideicomisos, con la supuesta intención de atraer inversores, provocando capitalización, otorgando ventajas a tales inversores que nunca se ofrecieran a pequeños y medianos productores.

Con buen criterio, el Foro se preguntaba ¿Qué capitalización amortizará el inevitable desgaste de los suelos y la presión sobre los bosques de una zona tan frágil? ¿Se respetará la ley de ordenamiento territorial de bosques nativos, teniéndose en cuenta que el área posiblemente afectada está clasificadas con los colores rojo y amarillo, o sea que pesan sobre ellas severas restricciones para el desarrollo de las actividades productivas y no productivas? ¿Se respetará el Convenio 169 de la OIT, tomándose en cuenta que el grupo inversor se instalaría en cercanías de la Reserva Grande Indígena?

El duro documento de este Foro se tituló “Las tierras negadas a los chaqueños son ofrecidas a los extranjeros”. El remate final se sintetizó en un fuerte cuestionamiento a toda la política de tierras implementadas por el gobierno de Capitanich, señalándose que se estimulaba el éxodo rural, favoreciéndose la concentración escandalosa de la tierra, aferrado al modelo de los agronegocios, con producción escala, como sinónimo de éxito.

Un proyecto temerario

Si se concretara este proyecto, se desvirtuarían y desnaturalizarían las pautas generales y específicas que en materia de administración de tierras fiscales contempla la Constitución Provincial (CP) y la Ley 2913 (más su modificatoria 4133).

El art. 42 de la CP establece las pautas que regulan la propiedad, el uso y la explotación de las tierras fiscales, definiendo las unidades económicas de tipo familiar, la explotación directa y racional de la tierra a cargo del propio adjudicatario, la entrega y adjudicación preferencial a los aborígenes, ocupantes, pequeños productores y descendientes, como también a cooperativas y entidades intermedias, sin fines de lucro. O sea que esta cláusula constitucional descarta la entrega del uso y de la explotación de las tierras en latifundios, incluso y con mayor razón a extranjeros, que naturalmente incluye a capitales fideicomisados para el lucro, que es la base financiera del emprendimiento presentado con mucho entusiasmo por el gobierno chaqueño como un extraordinario proyecto productivo agroalimentario, en tierras fiscales ociosas, según dicen.

El art. 43 de la CP establece la regla general en materia de adjudicaciones, como también las excepciones. Dentro de estas últimas, ordena que no se adjudiquen tierras fiscales a las sociedades mercantiles. Entonces, no debe perderse de vista que aún cuando la legislación vigente contempla el arrendamiento de tierras fiscales como una de las formas jurídicas para transferir el uso y la explotación de las tierras públicas, el proyecto que se intenta llevara adelante desnaturalizará las pautas fijadas en aquella cláusula constitucional y en los decretos reglamentarios 236/84 y 737/84, en virtud de que las transferencias de las propiedades fiscales deben tener por finalidad el arraigo de las familias campesinas, el desarrollo de la agricultura familiar, el uso y explotación racional de la tierra y de los recursos naturales, particularmente del bosque nativo chaqueño, a lo que se deben agregar los planes de colonización que debe formular el Estado, orientados por una matriz ordenada de las actividades. A partir de este mandato es que nuestra Constitución no autoriza los arrendamientos de tierras fiscales, sino al régimen de división por adjudicación en venta de las tierras públicas, como figura típica y excluyente, independientemente de lo que dispone la ley 2913. Desde este postulado es que el arrendamiento latifundista de tierras públicas al grupo saudí contradice la letra y el espíritu de nuestra Constitución, aún cuando en el futuro se quieran usar avales de leyes y decretos.

A su vez, el art. 44 de la CP protege el bosque nativo chaqueño, que es lo mismo que decir que protege el suelo y la biodiversidad, que en buen romance implica defender las tierras públicas. Por lo tanto, el proyecto de inversión del fideicomiso árabe tampoco parece sustentable si tomamos en cuenta que para su ejecución deben desmontar miles de hectáreas en una zona de biodiversidad extremadamente frágil y muy degradada, que poco después se orientará a hacia la desertificación.

Conclusión

La entrega de tierras públicas, en grandes extensiones (latifundios), bajo el régimen de fideicomisos para entidades extranjeras, inevitablemente violará el espíritu y la letra de la Constitución, que como contrato político y social entre los chaqueños tiene cláusulas extraordinariamente progresistas en lo social, productivo y ambiental, que han sido sistemáticamente violadas a través de las visiones liberales o neoliberales, particularmente las productivistas y las ultra rentísticas a escala. Por lo tanto, lo más criticable del proyecto se concentra en la posible transferencia del uso y de la explotación de miles de hectáreas de tierras fiscales que se entregarían bajo el régimen de concesión, comodato o arrendamiento, que en definitiva constituirá una forma solapada de adjudicación indirecta y temporaria de las tierras y un mecanismo concreto de extranjerización.

Además, tomándose en cuenta la posible localización del proyecto, debemos comprender que se afectarán suelos Clases V y VI, que desmontados y destinados a la producción agroalimentaria colapsarán en el mediano plazo, aún cuando se desarrolle un sistema de riego artificial, de modo de que serán suelos estragados a la época de la devolución o poco después de que esto se concrete.

Entonces, debemos comprender que este proyecto financiero, económico y productivo será de corto plazo, de carácter netamente extractivo y predador, con costos sociales y ambientales irreversibles, de tal modo que el Estado no se beneficiará con el proceso de capitalización que ha anunciado y los chaqueños no se verán favorecidos con este proyecto porque el modelo agrotecnológico que se aplicaría excluye la contratación de mano de obra, de tal modo que el emprendimiento no será fuente generadora de redistribución de la riqueza.

Los diputados chaqueños tienen la palabra. De nuestros legisladores depende que se avance o no en el temerario proyecto que puede terminar por colapsar el frágil ecosistema existente, aunque muy degradado, en el corazón de El Impenetrable. Si fracasan, será la hora de los jueces. En todos los casos, la suerte de El Impenetrable dependerá de la cohesión y de la presión social.

Resistencia, 25 de Febrero de 2011.
Rolando Núñez.
Fuente:
http://opsur.wordpress.com/2011/02/28/un-nuevo-ataque-contra-el-impenetrable/

Orfeo negro












Orfeu negro (BR)
Título Orfeu negro (BR)
Ficha técnica
Dirección Marcel Camus
Producción Sacha Gordine
Guion Marcel Camus
Jacques Viot
Música Luiz Bonfá
Antonio Carlos Jobim
Fotografía Jean Bourgoin
Reparto Breno Mello
Marpessa Dawn
Lourdes de Oliveira
Léa Garcia
Jorge Dos Santos
Ademar Da Silva
Datos y cifras
País(es) Brasil
Francia
Italia
Año 1959
Género Drama romántico
Duración 100 minutos

Orfeo negro (1959) es una película del director de cine francés Marcel Camus. De coproducción brasileña, francesa e italiana, fue rodada en Río de Janeiro y contribuyó a convertir en mundialmente famosa la música popular brasileña.

Antonio Carlos Jobim y Luis Bonfá son los autores respectivos de los dos temas principales de la banda sonora, "A felicidade" y "Manhã de Carnaval", que llegarían a ser clásicos de bossa nova y jazz.

Basada en la obra teatral Orfeu da Conceição del poeta y también músico Vinícius de Moraes, constituye una adaptación del mito griego de Orfeo al ambiente del carnaval brasileño.

Argumento
La bella Eurídice llega a Río de Janeiro en vísperas de su famoso carnaval, donde será acogida por una prima que vive en un arrabal de favelas de la ciudad. Se acerca allí, entre el frenesí de la samba por las calles, en un tranvía cuyo conductor, un músico llamado Orfeo, héroe popular del lugar por el poder de seducción de sus canciones, se fija en sus encantos. Sin embargo, la relación de este con ella se verá afectada por las sospechas de su celosa novia. La pasión los sumergirá en el trance vertiginoso del carnaval, que a su vez los arrastrará a un desenlace fatídico. Como en el mito griego, Orfeo, aun siendo capaz de hacer levantarse el sol con su música y su canto, y de embelesar a todos los que lo oyen, no consigue realizar su amor.

Comentarios
Ganó la Palma de Oro del Festival Internacional de Cine de Cannes en 1959, y en 1960 los premios Oscar y Globo de Oro a la mejor película en lengua extranjera.
En 1999, Carlos Diegues hizo un remake de esta película titulado Orfeu, cuya banda sonora fue producida por Caetano Veloso.
En 2005, coincidiendo con el año de Brasil en Francia, René Letzgus y Bernard Tournois exhibieron en el festival de Cannes su documental À la recherche d’Orfeu negro (En busca de Orfeo negro), que explora la repercusión social que ha tenido Orfeo negro en Brasil hasta la actualidad, sobre todo en lo que respecta a la internacionalización del carnaval, la samba, la bossa nova y la obra de Vinicius de Moraes.
En él, ofrecen su testimonio importantes personalidades de la música y la cultura brasileñas, como Gilberto Gil, Milton Nascimento, Carlos Diegues… y el propio Breno Mello, el actor que caracterizó a Orfeo, al que este documental rescató del olvido en que vivía pobremente en una humilde casa de Porto Alegre, y le permitió asistir por fin al Festival de Cannes, donde recibió un homenaje 46 años después de la gloriosa presentación de la película de Camus.
El destino, desconocemos si el de los mitos griegos, determinó que los actores protagonistas de Orfeo negro, Breno Mello y Marpessa Dawn, fallecieran el mismo verano de 2008, si bien él el 11 de julio en Porto Alegre y ella el 25 de agosto en París, casi 50 años después de haber encarnado la relación entre Orfeo y Eurídice en el cine, tal vez por esto de que a veces a la vida se le antoja emular al arte.

Fuentes:
1) http://es.wikipedia.org/wiki/Orfeo_negro
2) Imàgenes Google/Orfeo negro.